En los últimos meses se ha hablado
y escrito bastante sobre la posibilidad de una Asamblea Constituyente. Debate
surgido y alimentado bajo una simbiosis entre la calle y la academia, obligando
a quienes han hecho de la política su vida, definir posiciones respecto de
ella. Aunque ya me he pronunciado sobre ésta, he aquí algunas líneas mayores
sobre mi posición frente al tema.
Las constituciones no son más que
expresión del o los miedos que una comunidad ha determinado, ya reaccionaria o
revolucionariamente, ya democrática o autoritariamente, asumir y enfrentar como
esenciales para su existencia y porvenir. Visualizamos esos miedos, por una
parte, como lo que se desea olvidar o no repetir y, por la otra, como mecanismo
protector de la estabilidad alcanzada e inspiración para la futura construcción
socio-política a la que se aspira. Será el miedo, en definitiva, el
determinante del ser y devenir de esa comunidad y, la constitución, su
consagración como norma fundamental cuasi sacra para las gentes que bajo su
amparo se encuentran. Libertad, igualdad y seguridad serán en esencia, los
pilares que, con mayor o menor presencia de unas y otras, según el miedo o
miedos asumidos como inspiradores, darán fuerza a su engranaje jurídico-constitucional
para enfrentar las vicisitudes propias y complejas de su desarrollo socio-político.
Las constituciones son la
respuesta al proceso de fundación o refundación de dichas comunidades. Siendo pactos
fundacionales aquellos originarios que se han perpetuado por su capacidad en el
tiempo para seguir generando las respuestas a las problemáticas de su
comunidad. Y las otras, la consecuencia de un proceso originado en el
requerimiento urgente de abandono de la constitución vigente o de su derrocamiento,
por el extravío de su rol como canalizador del ser y devenir de la comunidad. Estados
Unidos de Norteamérica es un ejemplo del primer caso. Su constitución de más de
200 años ha sido capaz mediante el espíritu de sus padres fundadores y sus mecanismos
institucionales de dar solución a sus grandes conflictos, privilegiando, en
algunas etapas de su historia, a la libertad por sobre la seguridad y, en
otras, como la actual, la seguridad por sobre la libertad. Diferente es el caso
de Chile, que ha de encuadrarse en la historia constitucional de la Europa
continental. Allí las constituciones rara vez fueron respetadas como
fundamentales sino como meros pactos de organización política. Así el proceso refundacional
no ha sido ajeno a nuestra historia constitucional.
La constitución de 1980 surgida bajo mandato
militar, donde la seguridad tiene un rol fundamental para el mantenimiento de su
particular idea de democracia se ha divorciado del ser y devenir de un Chile
que mira por el retrovisor la dictadura y la transición política, exigiendo
privilegiar la libertad por sobre la seguridad para definir su presente y
futuro. Ya no se trata de revisar el modelo, lo que aquí está en juego es su reemplazo
y, ello requiere con urgencia un gran pacto de Estado para una Asamblea
Constituyente que dando nacimiento a una nueva constitución bajo clave
democrática participativa, deliberativa e inclusiva, refunda nuestro Chile.
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