El Patronazgo es de
aquellos fenómenos que al no poder circunscribirse a un tiempo determinado, a
un cierto modelo de desarrollo, a una área geográfica específica, al tener
diversas manifestaciones y, por cierto, tampoco al constituir ámbito exclusivo
de una sola disciplina científica, genera no sólo en el ámbito académico
grandes debates, sino que como fenómeno social muy actual que es, produce en
nuestras sociedades grandes confusiones, ya en cuanto a su naturaleza, su
legitimidad o su ilicitud.
En los apartados que siguen, me permitiré hacer un análisis descriptivo del fenómeno del patronazgo (¿Qué es?) con el objetivo de dilucidar alguna de las confusiones más arriba descritas. Con la misma idea continuaré con un análisis del patronazgo como variable dependiente (¿Qué lo produce?), es decir, intentaremos encontrar las condiciones que los autores más renombrados han identificado como variables independientes de la aparición del patronazgo.
Autores
como Gellner (GELLNER,
ERNEST, “Patronos y Clientes”, en Gellner, Ernest y otros, Patronos y Clientes,
Primera edición, Ediciones Jucar Universidad, Madrid, 1985, p. 9) y Weingrod (WEINGROD, ALEX, “Patronazgo y poder”, en Gellner,
Ernest y otros, Patronos y Clientes, Primera edición, Ediciones Jucar
Universidad, Madrid, 1985, p. 63), coinciden en que el patronazgo es de aquellos
términos de uso habitual y muy complejos, que junto con tener sentidos muy
variados dejan una vía abierta a las más diversas interpretaciones. Sin
embargo, Moreno Luzón (MORENO
LUZÓN, JAVIER, “El Clientelismo Político: Historia de un concepto
multidisciplinar”, en Revista de Estudios Políticos, Nº 105, Madrid, 1999, p.
88), a diferencia de
ellos, afirma que si bien el patronazgo tiene complejas causas y produce
múltiples consecuencias, como fenómeno social se encuentra bien definido. Por
su parte Gilsenan (GILSENAN, MICHAEL, “Contra las relaciones
patrono-cliente”, en Gellner, Ernest y otros, Patronos y Clientes, Primera
edición, Ediciones Jucar Universidad, Madrid, 1985, p. 153) en referencia a las relaciones patrono-cliente
afirmara que existe, en el ámbito sociológico, consenso sobre su significado.
Inicia Weingrod su análisis con el cuestionamiento de “cómo puede emplearse el concepto de poder en el análisis de las
relaciones de patronazgo” (WEINGROD,
ALEX, op. cit. p. 63) y,
ello en el entendimiento de que el poder es un aspecto fundamental en todos los
procesos políticos. Al definir el poder tanto como coerción física como control
de los recursos valiosos entiende que éste en un elemento fundamental en el
análisis del patronazgo, el que puede ser percibido como relaciones
interpersonales, es decir, relaciones entre patrono-cliente, caracterizadas por
las desigualdades de status y de poder de los agentes o, como un modo de
organización social, esto es, como un sistema político clientelístico. Gilsenan
en coherencia con Weingrod nos dice que las relaciones patrono-cliente vienen a
caracterizar las relaciones asimétricas que se dan entre dos personas o dos
grupos, es decir, aquellas en que una de las partes mantiene un nivel o status
superior otorgando ayudas o protección a la que mantiene una posición inferior,
la cual compensa con determinados bienes y servicios, al igual que con otras retribuciones
más difusas como pueden serlo la lealtad o la sumisión (GILSENAN, MICHAEL, op. cit., p.
153). Gellner al igual que
los anteriores autores, comienza caracterizando a las relaciones entre patrono
y cliente como desiguales y altamente específicas, para posteriormente abordar el
fenómeno del patronazgo, mediante lo que entiende no lo es (GELLNER, ERNEST, op. cit., p. 9). Y, ¿qué no es patronazgo para Gellner? Él
identifica cinco casos que no pueden ser considerados patronazgo: 1) El poder
en una burocracia centralizada y respetuosa con la ley. Ello porque si sus
burócratas, aunque reúnan en sí mucho poder, son elegidos para dichos cargos
bajo criterios objetivos, están sometidos a procesos de rendición de cuentas y
de remoción de sus puestos, bajo determinados supuestos. 2) La organización
política de una sociedad dominada por las relaciones de parentesco. Gellner
tiene a este tipo de sociedades como la antítesis del patronazgo. 3) El
feudalismo. Aunque reconoce que el feudalismo se asemeja bastante al
patronazgo, no puede en definitiva considerarse como tal. Siendo en el
feudalismo las relaciones de intercambio entre el señor y el vasallo únicas,
inequívocas y formalizadas, lo que diferencia fundamentalmente al patronazgo es
estar fuera de la moralidad oficialmente declarada. 4) El mercado. Pues al ser
las relaciones económicas impersonales, en el mercado bien puede hablarse de
explotación más no de patronazgo. 5) Las sociedades pequeñas íntimas. Aunque en
muchas de estas sociedades es posible encontrar relaciones asimétricas y puedan
asemejarse al patronazgo a medida que son descritas, al no llegar estas
relaciones a constituir un sistema, no deben considerarse como formas de
patronazgo (GELLNER, ERNEST, op. cit., pp. 9-12). Así
y, en base a los criterios anteriores Gellner define el fenómeno del patronazgo
como “asimétrico, implica desigualdad de
poder; tiende a formar un sistema amplio; a extenderse en el tiempo, o por lo
menos a no limitarse a una transacción única y aislada; a poseer un ethos particular;
y, aunque no siempre sea ilegal o inmoral, a situarse al margen de la moral
formal oficialmente proclamada por la sociedad en cuestión” (GELLNER, ERNEST, op. cit., p. 13). Sin embargo, Gellner adelantándose a la posible
observación de que aquellos rasgos del patronazgo, identificados por él, puedan
estar presentes en cualquier sociedad o ser, al menos, lo bastante comunes,
termina destacando que lo “que constituye
una sociedad de patronazgo no es la simple presencia de este síndrome, sino su
posición prominente o dominante, en detrimento de otros principios de
organización social”. (GELLNER,
ERNEST, op. cit., p. 13).
En
cuanto a la segunda interrogante, objeto de este ensayo, ¿qué es lo que explica
la aparición del patronazgo? Gellner describe como causas que parecen
favorecerlo la existencia de un estado escasamente centralizado o con una
centralización incompleta tanto en sus aspectos territoriales como funcionales,
un mercado defectuoso o una burocracia ineficaz (GELLNER, ERNEST, op. cit., p. 13). Por otra parte, desde la antropología social al concluir
Scott que la seguridad y unos medios de subsistencia son términos mínimos que el
campesino-cliente espera que el patrono proporcione a cambio de su deferencia,
respeto y servicio (SCOTT,
JAMES, “¿Patronazgo, o explotación?, en
Gellner, Ernest y otros, Patronos y Clientes, Primera edición, Ediciones
Jucar Universidad, Madrid, 1985, p. 36), en definitiva, lo que nos está diciendo
(recordando que su planteamiento se
circunscribe a una sociedad agraria que es el nivel de análisis del
autor, en el que más adelante ahondaremos) es que la ausencia de seguridad y la
falta de satisfacción de unos medios de subsistencia, son condicionantes para
la aparición del patronazgo. Moreno Luzón en coincidencia por una parte y,
complementariedad por otra a lo propuesto por Gellner y Scott identifica dos
como las condiciones básicas que propician el patronazgo “por un lado, una sociedad marcada por la debilidad de los grupos
organizados, en la que sólo una minoría sea capaz de acceder a los bienes que
la mayoría necesita, y amplios sectores de la población busquen protección contra
la inseguridad que esto produce; y, por otro, un sistema de valores que subraye
el particularismo de las relaciones sociales por encima de criterios
universalistas de reparto público”. (MORENO LUZÓN, JAVIER, op. cit., p. 88).
El
análisis descriptivo del fenómeno del patronazgo que hemos hecho en apartados
anteriores nos permite, siguiendo los planteamientos de Gellner, Weingrod,
Gilsenan y Moreno Luzón, atrevernos a definirlo como una institución informal
que constituye todo un sistema de relaciones asimétricas de poder, que se dan
entre un patrón caracterizado por su posición, riqueza y poder que está
dispuesto a conceder favores y accesos a los recursos privados o públicos a un
cliente necesitado de protección y medios de subsistencia y, que como
contraprestación está dispuesto a entregar ayudas y servicios especializados y
otros difusos como la lealtad, respeto y deferencia. De las apreciaciones dadas por Gellner, Scott
y Moreno Luzón respecto a los condicionantes que promueven la aparición del
patronazgo, y que viene a constituir nuestra segunda interrogante, hemos podido
identificar a dos como las variables independientes que explican la variable
dependiente patronazgo. Primero, la existencia de un Estado con una incompleta
centralización, ya funcional ya territorial, que facilita que sólo una minoría
sea capaz de acceder a los bienes que la mayoría necesita, y que genera que
amplios sectores de la población busquen protección contra la inseguridad que
esto produce. Y, segundo, la existencia de un sistema de valores que subraye el
particularismo de las relaciones sociales generadas por la díada patrón-cliente
por sobre los criterios universalistas de reparto público.
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